Delegan en el (la) Gerente (a) General de la ATU las facultades de suscribir modificar y resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección establecidos en la Directiva que regula en la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU la selección y contratación de consultores en el marco del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID.
Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la Tipificación de Infracciones administrativas y escala de sanciones aplicable por incumplimiento de las obligaciones para la gestión y manejo de neumático fuera de uso – NFU.
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Calificación de Interesados para la Realización de Actividades de Exploración y Explotación o Explotación de Hidrocarburos.