Prorrogan plazo establecido en la cuarta disposición complementaria final del D.S. N° 004-2021-EM a fin que las empresas de distribución eléctrica puedan realizar el empadronamiento de beneficiarios bajo los alcances de los nuevos criterios establecidos en el Reglamento del FISE.
Ratifican competencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Lima Sur a que se refieren las RR.Adms. N°s. 101-2014-CE-PJ 292-2008-CE-PJ y 161-2018-CE-PJ y modifican la competencia de determinados órganos jurisdiccionales.